Conoce el Alcance del Título IX: Protegiendo la Igualdad en tu Universidad

 

En nuestra universidad, garantizar un ambiente seguro y libre de discriminación, violencia de géenero u hostigamiento sexual es una prioridad. Por eso, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 desempeña un papel fundamental. Esta ley federal prohíbe la discriminación por razón de sexo en instituciones educativas que reciben fondos federales, abarcando aspectos como la educación, el empleo y la seguridad en el campus. 

¿Qué significa esto para ti? 

Que tienes derecho a estudiar, trabajar y desarrollarte en un entorno respetuoso y seguro.

¿Cuáles son las conductas prohibidas bajo el Título IX?

El Título IX protege a estudiantes, empleados y visitantes de la universidad contra una serie de conductas que comprometen su bienestar y su derecho a la igualdad de trato. Entre las conductas prohibidas se incluyen:

  1. Hostigamiento Sexual: Comentarios o comportamientos sexuales no deseados que interfieran con el desempeño académico o laboral.
  2. Violencia Sexual: Todo acto de naturaleza sexual realizado sin consentimiento.
  3. Acecho: Vigilancia, amenazas o comunicaciones no deseadas que generen temor o angustia.
  4. Violencia Doméstica y en Cita: Abuso físico, emocional o psicológico en relaciones románticas o familiares.
  5. Discriminación por Razón de Sexo o Género: Incluye desigualdad de trato basada en orientación sexual, identidad de género o embarazo.
  6. Represalias: Cualquier acción en contra de una persona que haya denunciado una conducta prohibida o participado en una investigación relacionada.

¿Qué hacer si experimentas o presencias alguna de estas conductas?

En caso de que tú o alguien que conozcas enfrenten alguna de estas situaciones, es importante saber que nuestra universidad les apoya. Contamos con recursos dedicados a apoyarte y garantizar tu bienestar.

Cómo presentar una querella bajo el Título IX:

  1. Contacta al Coordinador de Título IX: (Dra. Yanira Cruz, correo yanira.cruz4@upr.edu / tituloix.uprb@upr.edu o visitando el cuarto piso del Centro de Estudiantes, Oficina 430 Esta persona está capacitada para recibir, investigar y gestionar cualquier reporte relacionado con las conductas prohibidas. También para orientar de manera confidencial. El empleado, estudiante o visitante que desee esta orientación no se le requiere que realice una querella de manera automática. 
  2. Llena la Queja Formal: Puedes hacerlo a través de la oficina de Título IX o mediante los recursos confidenciales disponibles en la universidad, como el Departamento de Consejería o Servicios Psicológicos.
  3. Medidas de Apoyo Inmediatas: Mientras tu caso se investiga, se implementarán medidas de apoyo, como cambios en horarios de clases, acceso a consejería o ajustes en el lugar de trabajo. Cuando esto fuera meritorio. 
  4. Proceso de Investigación: La universidad llevará a cabo una investigación objetiva y justa, protegiendo la privacidad de todas las partes involucradas.
  5. Resolución y Acciones Disciplinarias: Si se determina que hubo una violación al Título IX, se tomarán las medidas correspondientes para corregir la situación.

Coordinadora Título IX 

Dra. Yanira Cruz, LPC, Ed.D. 
787-993-0000 Ext. 4094
email: yanira.cruz4@upr.edu / tituloix.uprb@upr.edu
Ubicación: Centro de Estudiantes (Cuarto Piso -  Departamento de Consejería y Servicios Psicológicos). 

Tu Bienestar es Nuestra Prioridad

Además de investigar y resolver denuncias, la universidad organiza talleres de prevención, campañas educativas y actividades para promover la igualdad y la diversidad. Estas iniciativas refuerzan nuestro compromiso con la creación de un ambiente seguro para todos.

Si necesitas ayuda o deseas más información, no dudes en visitar la Oficina de Título IX o consultar los recursos confidenciales disponibles. ¡Tu voz importa y estamos aquí para apoyarte!

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